CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
COMPOSICIÓN
Presidenta: |
Dª. Evelia Rincón Cardoso |
Vicepresidente: |
D. Manuel Torreglosa Pérez |
Vocales: |
D. Ignacio Manuel Flores Berenguer |
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D. Juan de la Rosa Bonsón |
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Dª. María Luisa Iglesias de la Cueva |
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D. Ricardo Villena Machuca |
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Dª Myriam Díaz Rodríguez |
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D. Alfonso Mir del Castillo |
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D. Luis Duarte Palomo |
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D. Fernando Rodríguez Galisteo |
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Dª Camino Morgaz Rosales |
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D. Antonio Bazo Mora |
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D. Joaquín Vázquez Durán |
Secretario: |
D. Luis Enrique Flores Domínguez |
Vicesecretario: |
D. Pedro J. Ruibérriz de Torres Travesí |
Asistentes con voz y sin voto: |
Asociación de consumidores que por turno corresponda |
SEDE
Sede física: Oficinas Centrales de LIPASAM, Calle Virgen de la Oliva s/n, Código Postal 41011, Sevilla.
Sede electrónica: secretariageneral@lipasam.es
FUNCIONES Y COMPETENCIAS
Además de las competencias reguladas en la Ley de Sociedades de Capital, los Estatutos Sociales de LIPASAM otorgan al Consejo de Administración las siguientes competencias:
- Rendición de cuentas y presentación de balance a la Junta General.
- Adopción de acuerdos sobre presentación de propuestas a la Junta General en las siguientes materias: aumento y disminución de capital; emisión de obligaciones; modificación del domicilio social; modificación de los Estatutos Sociales.
- Aprobación y proposición al Pleno del Ayto. de los precios que hayan de regir en la prestación del Servicio, así como sus modificaciones.
- Aprobación definitiva de los precios que rijan en la prestación del Servicio.
- Aprobación de operaciones de crédito en cuantía superior a 3.005.060,52.-€
- Creación, supresión o traslado de las sucursales.
- Cuestiones que afecten a disciplina del personal que no sean competencia de la Gerencia.
- Aprobación a nivel empresarial del escalafón y plantilla del personal, nombramiento del Director-Gerente, Secretario General y Directivos, fijando las condiciones de desempeño.
- Aprobación de operaciones de crédito.
Además, el Consejo de Administración asume el liderazgo y compromiso en relación con el sistema de gestión de compliance penal y a tal fin debe asumir las siguientes funciones:
- Establecer y defender como uno de los valores fundamentales de LIPASAM que las actuaciones de los miembros de la organización, sean siempre conformes al ordenamiento jurídico, en general, y al de naturaleza penal, en particular, promoviendo una cultura de compliance adecuada en el seno de la organización;
- Adoptar, implementar, mantener y mejorar continuamente un sistema de gestión de compliance penal idóneo para prevenir y detectar delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión, conforme a los requisitos establecidos en el Código Penal;
- Dotar al sistema de gestión de compliance penal y en concreto al órgano de compliance penal de los recursos financieros, materiales y humanos adecuados y suficientes para su funcionamiento eficaz;
- Aprobar la política de compliance penal de LIPASAM.