La Ordenanza municipal de limpieza pública y gestión de residuos municipales fue aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno con fecha 25 de julio de 2014. Habiendo transcurrido más de 8 años desde entonces, se han producido cambios normativos a los que hay que adaptar el texto municipal. Concretamente, han sido aprobadas y entrado en vigor la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circula y la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de economía circular de Andalucía.
Este proceso se abre de acuerdo con la Constitución española, que establece que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. En su desarrollo, la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas exige que, en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustancie una consulta pública, sin descender, de acuerdo con la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional, a cuestiones procedimentales de detalle.
Por esta razón, antes de iniciar la redacción del proyecto de nueva ordenanza, se entendió necesario abrir un periodo de consulta pública con el objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias, según dispone el REGLAMENTO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA.
De acuerdo con ello, y sin perjuicio de la consulta pública previa a la iniciativa descrita a través del portal web del Ayuntamiento de Sevilla (Lipasam), previendo que la norma pueda afectar a los derechos e intereses legítimos de las personas, el Área de Limpieza, Arbolado y Parques y Jardines publica el texto inicial del proyecto en el portal web con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades, además recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.
El plazo de 15 días hábiles se contará desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, sobre las cuestiones antes indicadas.
Para dar traslado de opinión sobre el asunto referido, se facilita el siguiente correo electrónico de contacto:
El plazo de 15 días hábiles se contará desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, día 06 de enero de 2024, finalizando el día 26 de enero de 2024, ambos incluidos.
Puede descargar el texto inicial del proyecto de ordenanza pulsando aqui